¿Créditos de AFPs para los desempleados?
- LaLlamaFinanciera
- 2 jul 2020
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Por: Edycel Salazar , Coautora: Sharon Arandia
El día de ayer, se propuso un proyecto de ley para crédito y devolución de intereses para aquellos trabajadores que se encuentran desempleados, pero que ya aportaron en las cuentas individuales de las AFPs.
¿Qué sucedió? En medio de la crisis COVID-económica que atraviesa el país, la Cámara de Diputados presentó dicha ley declarando la prioridad la vida y subsistencia de los trabajadores bolivianos. Se propone otorgar créditos con tasa de interés excepcional de 1,5% a los perjudicados y la devolución de los intereses que hubiesen generado en la gestión 2019, por concepto de préstamos realizados a la banca privada de las mismas cuentas personales previsionales AFP . Y claro, el monto en función a los aportes según saldo acumulado en cada cuenta personal de forma temporal.
¿Cómo lo harían? La misma ley autoriza al Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros (APS), a transferir de aquellas cuentas previsionales que actualmente administran las AFP, a mano de instituciones financieras o banca privada; sólo a nivel nacional y en calidad de préstamo.
Profundicemos sobre tasa de interés excepcional. Como mencionamos, va dirigida a aquellas personas desempleadas que aportaron en las cuentas del Fondo de Capitalización Individual (FCI), para que así las entidades financieras puedan otorgar créditos con una tasa de interés del 6%; y un periodo de gracia de 4 meses.
Los fondos deben ser invertidos en negocios propios, emprendimientos, o financiamientos de expansión de negocios y todo lo referente a la reactivación económica. El tiempo plazo se extenderá durante y después de 9 meses de la actual emergencia sanitaria nacional. (Fuente: El Deber)
¿Factibilidad? Hagamos números. Según el Banco Mundial 1 millón de empleos formales están en riesgo en Bolivia, en recesión prolongada, se proyecta una pérdida de 9.2% de empleo.
Supongamos como dato, que ganan el salario mínimo nacional, Bs. 2122 (año 2019), y el aporte del 10% a las AFPs que aquello representa, Bs. 212,20 mensuales. Si suponemos 13 pagos (dado sólo un aguinaldo), aquello significa un aporte anual de Bs. 2758.60 por trabajador. Imaginemos que el interés ganado fue del 0%.
AFP Futuro de Bolivia S.A. tiene disponibilidades (efectivo de liquidez inmediata) de 901.698.418 Bs. (Balance General, septiembre 2019).
AFP BBVA Previsión S.A. tiene una disponibilidad de 909.941.511 Bs (Balance General, septiembre 2019).
Las disponibilidades de ambas suman 1,811,639,929Bs. Sólo para cubrir la demanda proyectada del 9,2% de nuevos desempleados, se requerirían 253,791,200Bs., es decir se estaría absorbiendo 14% de las disponibilidades de ambas, disminución cuantiosa y abrupta de liquidez.
Ahora nos preguntamos, ¿Las AFPs no tienen deudas a corto plazo que cubrir? -sí- ¿No deben hacer desembolsos mensuales para cubrir la jubilación de los rentistas actuales?-sí- Los aportes existentes, ¿no son indispensables para cubrir la jubilación de los futuros beneficiarios?-sí-.
Tomemos en cuenta que no toda la fuerza laboral formal gana el salario mínimo y el interés generado no es del 0%, por lo que 14% es una cifra que subestima la real.
Esta propuesta podría poner en riesgo financiero a una institución muy importante para las personas.
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